Como era de esperarse, la Corte Constitucional decidió darle un espaldarazo al Gobierno aprobando el Plebiscito para la Paz. Pero como toda acción humana, a pesar de que ésta sea de una Corte y se suponga que su fallo es lógico y justo, tenemos al final un fallo con cosas buenas, malas y feas.
Empecemos por las buenas. Respiro con alivio profundo la decisión de la Corte en el sentido de que se trataba de un acuerdo político y que no significaba que el acuerdo final, al ser aprobado y refrendado por el pueblo, se incorpore a la ley y a la Constitución, es decir al bloque de constitucionalidad y/o a nuestro ordenamiento jurídico. Igualmente, respecto al carácter vinculante, creo que fue acertada la decisión respecto a que el acuerdo solamente es vinculante al Presidente de la República. No dijo nada la Corte respecto a para cual presidente se considera vinculante, pero supongo, que al decir “el Presidente de la República” esto será para el que está en ejercicio y no los demás.
Esperemos sea así. Igualmente, la Corte determinó que la divulgación a los ciudadanos se debe hacer de manera concomitante al informe que haga el Presidente al Congreso sobre la intención de convocar el plebiscito. Creo que esto era apenas lógico, conforme a que el pueblo y el Congreso se deben enterar de primera mano, y al tiempo, sobre el contenido de lo acordado.
Sigamos con las malas. Según la Corte, el mecanismo escogido, es decir un plebiscito de sí y no, sin umbral, se declaró conforme a la Constitución Política. Argumentos puede haber para un lado o para el otro, es decir para que ello sea o no inconstitucional. La realidad es que, según el decir de la Corte, al no contar con un umbral el texto constitucional, un umbral del 13% del censo electoral, es decir algo menos de 4.5 millones de votos, es razonable. Discrepo con la conclusión de la Corte. Parece todo lo contrario.
Un umbral tan bajo implicaría una falta de legitimación política del plebiscito, lo que puede poner en entre dicho su aceptación popular y generar problemas en la agenda política futura. Lo feo, es que nada dijo la Corte respecto a la formulación de la pregunta. Suponemos que es sí o no respecto al acuerdo final, y lo que contiene y significa, y no un sí o no a la Paz.
Esperemos a ver qué pasará con esto cuando se elaboré la misma. Igualmente, como algo feo, el plebiscito se volvió un sí o no a la gestión de Santos y no un asunto de conveniencia nacional, es decir un sí o no a varias preguntas y a la manera como los colombianos queremos que se construya la Paz.
Finalmente, como algo insólito, y dentro de esta refrendación a Santos y a su gestión, y no a una Paz adecuada y duradera, se va a dejar participar en la campaña a los funcionarios públicos, para lo cual simplemente se indicó que no lo podrán hacer por un movimiento político.
Me pregunto si ellos serán imparciales o sus jefes dejarán que participen en contravía de sus deseos o si esa participación finalmente no implica que esos funcionarios estén o no finalmente apoyando a un partido. Creo que esto es un gran error y va en contravía de la tradición Colombiana de que los funcionarios públicos no deben participar en política, y este plebiscito tiene toda la connotación política. La participación de los funcionarios públicos desequilibrará el campo de juego político de una manera inadecuada.
Finalmente, lo que ocurrió es que la Corte, a pesar de sostener en muchas otras oportunidades su tesis de sustitución de la constitución, para no echarse encima un INRI político, determinó, en una decisión más política que jurídica, hacer lo de “Pilatos”, y, por ello, se lavó las manos y no hizo un pronunciamiento estricto y más de fondo y democrático sobre la idoneidad del procedimiento a la luz de los preceptos constitucionales, para que así no la señalaran al final del día como la entidad que hundió la Paz.