Como se recordará la Constitución de 1991 consagró como propósito la autonomía territorial, pero, hasta ahora, no se ha concretado. Como “el anhelo era una distribución equitativa de recursos entre la nación y los territorios...la ecuación debía ser 50%-50%...finalmente nos quedamos con el compromiso de alcanzar el 47% para las regiones. Sin embargo, las reformas constitucionales de 2001 y 2007 desvirtuaron este pacto, al llevar el traspaso a un lamentable 24%”, señala Eduardo Verano de la Rosa.
No obstante, el año pasado, mediante el acto legislativo 3 de 2024, se modificó el tope de las transferencias del Sistema General de Participaciones estableciendo como limite el 39,5%, el cual pasará de manera gradual en 12 años de ese 24% al 39.5%.
En efecto, el parágrafo transitorio 1 del mencionado acto legislativo consagra que “el Gobierno Nacional presentará ante el Congreso de la República, en el término de hasta doce (12) meses contados a partir de la promulgación del presente acto legislativo, el proyecto de ley que modifica el artículo 357 de la Constitución Política, así: El Sistema General de Participaciones crecerá como porcentaje de los Ingresos Corrientes de la Nación hasta llegar a ser el 39,5 por ciento de estos. Para este fin, se tendrá un periodo de transición de 12 años”.
Ahora bien, dado que una de las estrategias de cambio quirúrgico propuesta por el ex magistrado Augusto Hernández Becerra en el foro internacional por una Colombia federal celebrado en julio de 2023 en la ciudad de Santa Marta, consistió en “adaptar el sistema general de participaciones”, el acto legislativo, en mención, del 2024 se configura como la solución a la estrategia quirúrgica planteada. En virtud de lo cual, ahora solo resta esperar que el gobierno nacional presente antes del 27 de diciembre del presente año el proyecto de ley que modifique el articulo 357 Superior para concretar este cambio que busca “encaminar progresivamente la organización territorial hacia las proximidades del federalismo”, según lo planteado por el profesor emérito de la Universidad Externado de Colombia.
Lo anterior porque la reforma le devolvería a los departamentos y municipios del país más recursos vía del Sistema General de Participaciones-SGP, que les permitirá consolidar su autonomía en el manejo de sus intereses y necesidades.
Como nos lo recuerda Johan Nassar el sistema general de participaciones “es un mecanismo clave para el desarrollo de los municipios y departamentos, dado que (…) asigna recursos del presupuesto nacional a áreas prioritarias como educación, salud y saneamiento básico, desempeñando un papel fundamental en la mejora de la calidad de vida de las comunidades, especialmente en aquellas regiones más necesitadas y con dificultades económicas.
El SGP, anteriormente conocido como situado fiscal, constituye entre el 60% y el 70% del presupuesto en muchos municipios, especialmente aquellos en crisis financiera o acogidos a la Ley 550. Este porcentaje refleja su importancia para la sostenibilidad y el desarrollo de las entidades territoriales (…) Se podrán articular estos recursos con otras fuentes de financiación, como regalías y cooperación internacional, para potenciar el desarrollo local (…) Su correcto manejo y fortalecimiento no solo promueven la equidad, sino que también mejoran significativamente la calidad de vida de millones de ciudadanos”.
Así las cosas, el proceso del fortalecimiento del nivel intermedio de gobierno, bien sea mediante la conversión de la RAP Caribe en entidad territorial-RET o a través del establecimiento de tipologías de departamentos que permitan la diversificación del régimen departamental, ya tiene asegurado los recursos económicos, imprescindibles para garantizar la implementación del proceso de regionalización en curso y propuesto respectivamente. En efecto, el artículo 357 superior, señala el profesor emérito, es una de las “garantías institucionales de contenido económico de efectiva protección a la autonomía de las entidades territoriales que se erige como una protección de rango constitucional” al proceso quirúrgico de fortalecimiento autonómico territorial reseñado.