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Persona non grata

Columnas de Opinión
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Escrito por:

José Lopez Hurtado

José Lopez Hurtado

Columna: Opinión

e-mail: joselopezhurtado13@yahoo.es

La figura hunde sus raíces en la antigua Roma, cuando los Estados incipientes expedían “ordenanzas”, que prohibían a los extranjeros ingresar o permanecer en sus territorios, por diversos motivos, entre ellos atentar contra la integridad nacional o inmiscuirse indebidamente en asuntos internos del gobierno.

En el siglo XVIIII Montesquieu, destellante figura de la Ilustración francesa, en su obra “El Espíritu de las Leyes”, postulo con vehemencia el derecho irrenunciable de los Estados a expulsar a quien infringiera sus leyes o comprometiera su seguridad nacional. Empero es en 1928, cuando el tema adquiere carta de ciudadanía internacional, al adoptarse en la Convención sobre funcionarios diplomáticos, lo que sería la antesala de su incorporación oficial en la Convención de Viena de 1961, art 9: ”1.

El  Estado receptor podrá en cualquier momento, y sin tener que explicar los motivos de su decisión, comunicar al Estado acreditante que el jefe u otro miembro del personal diplomático de la misión es persona non grata o cualquier otro miembro de la misión, no es aceptable”. 

Como se advierte del texto, la aplicación del instrumento Persona Non Grata (PNG), obedece a las más interna discrecionalidad del Estado que toma la medida, por no tener que explicar los motivos que la sustenta. Los registros históricos señalan que su aplicación, sin embargo, no siempre ha obedecido a razones de agresión, sino también a motivos de retaliación, por diversos eventos. En 2018 Gran Bretaña declaro PNG a 23 diplomáticos rusos, y en respuesta el Kremlin, expulso de su territorio a medio centenar de funcionarios británicos.   

De igual manera, la reciente invasión de Rusia a Ucrania, ha sido pretexto, con razones aparentes o sin ellas, para su uso creciente por parte de Putin, en algunos países europeos.   En todo caso, esa declaratoria, siguiendo los protocolos establecidos, anula los privilegios e inmunidades de los que gozan los diplomáticos en el extranjero. Básicamente, grosso modo, esta es la estructura jurídica del dispositivo.

Pero su uso indiscriminado por parte de asociaciones, sindicatos públicos, colectivos o colegiaturas etc., ha desnaturalizado su esencia jurídica como instrumento de derecho internacional, que solo adquiere eficacia real cuando es dispuesta por un Jefe de Estado o Gobierno o Ministro de Relaciones Exteriores. 

En resumen, la declaratoria de PNG es, hoy, una versátil arma política de los Estados, --por no decir caprichosa y antojadiza, si se nos permite la expresión--, impulsada por motivaciones de turno o coyuntura.  Fehaciente muestra de ello es que, al lado de figuras públicas de la política, como Robert Mugabe, Presidente de Zimbabue, José María Aznar, Rafael Correa, Felipe González en España, Evo Morales, Álvaro Uribe, y recientemente el presidente colombiano Gustavo Petro, otras personalidades  que nada tiene que ver con la diplomacia o asuntos de Estado o de gobierno ,  como la actriz Sharon Stone, el propio Dalai Lama, el filósofo   y literato alemán Gunter Grass, el escritor chileno Jorge Edwards (autor de una obra del mismo nombre del tema aquí tratado que le valió su expulsión de Cuba, y sobre quien volveremos, dada su trascendencia en este asunto), comparten con aquellos esa condición, que de todas maneras, sigue siendo nada cómoda para quien la ostente.