Mario Iguarán, apoderado de Carlos Cárdenas, estudiante absuelto por la muerte del joven guajiro Luis Andrés Colmenares, comunicó que demandaron al Estado por los “daños y perjuicios causados por el tiempo que duró mi cliente privado de la libertad”.
El defensor de Cárdenas, aclaró que el joven permaneció detenido en la Cárcel Nacional Modelo de Bogotá junto al violador y asesino de Rosa Elvira Cely y que no podía estudiar ni salir de su casa “por la excesiva e innecesaria exposición mediática que las entidades convocadas, particularmente la Fiscalía general de la Nación, le dieron al caso”; razones por las que se entabla una acción de reparación por “el daño causado, daño emergente, daño reputacional”.
La defensa de la familia Cárdenas pidió una indemnización total de 2.127’759.000 de pesos. Esto incluye el pago de 748 millones por los gastos de su defensa, entre los que se destacan 580 millones para la oficina del exfiscal Mario Iguarán.
Los abogados piden para Cárdenas 147 millones por daños morales (200 salarios mínimos), así como cerca de 74 millones de pesos (100 salarios mínimos) para cada uno de sus familiares: su padre, su madre y sus dos hermanas.
Por daño reputacional, la defensa busca que Cárdenas reciba más de 737 millones de pesos (1.000 salarios mínimos) y que los cuatro miembros de su núcleo familiar obtenga 74 millones cada uno.
En la demanda, los abogados de Cárdenas también piden que se asuma el costo de la “reanudación del proyecto de vida de Cárdenas”, es decir, retomar su carrera de ingeniería en la Universidad de los Andes, donde cada semestre vale más de 15 millones de pesos.
Así mismo, exigen el pago de costos de rehabilitación “física, psicológica y psiquiátrica total de la víctima directa y de su núcleo familiar”. Y, por último, quieren un “acto público de desagravio”.
La millonaria demanda contra el Estado se presenta una semana después de que Laura Moreno y Jessy Quintero fueran absueltas en el mismo caso.
La jueza Paula Jiménez determinó que el fallecimiento de Colmenares fue producto de un accidente y no de un homicidio, como lo consideró en su momento el Tribunal Superior de Bogotá.