Abigeatar”, actividad ilícita en expansión que busca destruir las Ganaderías, Mayores y Menores en Colombia, crece como espuma, sin control por las autoridades llamadas a “Garantizar, la Vida, Honra y Bienes de los ciudadanos”, art 2 de C.N., La falta de Seguridad para quienes dentro del ordenamiento legal encuentran oportunidad de desarrollo patrimonial y reactivación económica con generación de empleos invirtiendo su patrimonio se está menguando al quedar expuestos al “robo” de sus frutos.
Ocasionando atraso del desarrollo rural; el riesgo económico que se asume al invertir en el sector con desbordados costos e incertidumbre climática para que además, la incapacidad de las autoridades en brindar condiciones de seguridad a está, ocasionan desinterés de quienes hacen empresa agropecuaria.
Qué hacer para controlar el Abigeato y Hurto de ganados atendiendo el tipo penal del art 243 del C.P. (Quedo con alcance reducido, corto, solo Bovinos, Porcinos y Equinos, hace que los demás hurtos de ganados salgan de su órbita y caen como hurto común de mayor o menor cuantía, a pesar de advertirlo en su momento a uno de sus ponentes), y 239 del C. P.:
1. Aplicación plena de la normatividad penal del Abigeato por el aparato jurisdiccional, premiar denuncia, aplicar sanciones ejemplares (Privación de la libertad, multas y extinción de dominio de bienes), tal como quedó en el cuerpo de la norma, atacar directamente a quienes ejecutan materialmente con extinción de dominio.
2. En el Legislativo, reformar al tipo penal extendiendo su alcance a todas las actividades ganaderas mayores y menores (“Ganadería es una actividad del sector primario que consiste en la cría, tratamiento y reproducción de animales domésticos” sin diferenciar), no solo son esas tres especies.
3. En torno al Abigeato se debe atacar el encadenamiento empresarial delictivo:
a) Cuatrero, ejecuta materialmente el Abigeato.
b) El Receptador, aplicar el Art 447 del C.P., en lo posible dejarlo inmerso en el art 243 del C.P, aplicar penas allí contempladas, hasta extinción de dominio de bienes consecuente a su actividad ilícita y multas, penas ejemplarizantes para que la comunidad delincuencial escarmiente, la parte que más duele del cuerpo es el bolsillo y es ahí donde se le debe pegar con mayor fortaleza, controlando el sujeto activo del punible vencemos.
c) Ventorrillos o Mesas de Carnes sin cumplimiento de requisitos de sanidad exigidos por Autoridades de Salud y Pesas y Medidas, brigadas constantes para verificar el cumplimiento de normatividad administrativa y tributaria (Cámara de Comercio acorde a la actividad desarrollada, tributación de Industria y Comercio, IVA, todo requerimiento que su incumplimiento conduzca al cierre del negocio). Revisar el encadenamiento delincuencial, en muchas ocasiones estos son reducidores y tienen relación directa con el autor material, cuatreros determinadores, lo que les haría aplicable del 243 del C.P.
d) Redadas a Restaurantes Asaderos y Ventas Callejeras de carne porcionada, cumplimiento de requisitos anotados en el punto anterior, indagar en facturas de compra que permitan trazabilidad y certeza del suministro.
4. Puestos de control en carreteras para verificación de guías sanitarias, Marcas Candentes o Químicas que se hayan utilizado con anterioridad suficiente a la movilización, cerciorarse confrontando número de animales, sexo, edades y colores con la guía legalmente expedida.
La Ganadería Bovina, es la oportunidad para mejorar la productividad agropecuaria, trae divisas frescas(se esperan más de Us $400 M), empleos (16% Empleo Rural y 6% del Nacional), contribuyendo a la reactivación económica, gran dispersión, (Más del 80% son ganaderos de menos de 100 reses), es una de las actividades económicas que debe ser consentida, cuidada, protegida por las autoridades para que a través de ella se logre el tan anhelado Desarrollo Rural, se debe prestar protección que merece este sector productivo.