El proyecto de acto legislativo, aprobado recientemente en el Congreso de la República, por medio del cual se adiciona un artículo transitorio a la Constitución Política de Colombia con el fin de darle estabilidad y seguridad jurídica a lo acordado entre Juan Manuel Santos y las Farc, crea una versión inadmisible de la que tradicionalmente ha tenido el derecho internacional y la Constitución Política de Colombia y se constituye en un atropello al pueblo colombiano.
Dar a entender que el acuerdo es aparte o paralelo al bloque de constitucionalidad es un desacierto, porque los Proyectos de Acto Legislativo que se requieren para implementarlo, buscan modificar la norma superior y reconocen implícitamente sus disposiciones. Por ello, deberían ser consecuentes con su espíritu en lugar de ultrajarlo, afectando así la esencia en la que se ha cimentado.
Según la Carta Política de 1991 “A la Corte Constitucional se le confía la guarda de la integridad y supremacía de la Constitución” y claramente, la decisión sobre el fast track muestra lo contrario, porque además de modificar el trámite que señalaba la Constitución para la discusión y votación de este tipo de iniciativas, evidenció que el principio de la democracia sobre el cual se erigió la norma superior es relativo; es decir, quienes se opusieron mayoritariamente al plebiscito del pasado 2 de octubre y quienes representamos al pueblo colombiano en el Congreso de la República que quisimos un acuerdo, producto del consenso entre distintos sectores de la sociedad, a parte del Gobierno nacional y las Farc, no nos vemos reflejados sino atropellados por esta forma de proceder la cual no abogó por el interés general de quienes estamos en desacuerdo con la impunidad y demás premios concedidos a los narcoterroristas.
Adicionalmente, los promotores y avaladores de ese acuerdo y el fast track vulneraron otros principios como el de legalidad, igualdad, buena fe y confianza legítima, que al ser desconocidos en su conjunto violan el principio de la democracia e inseguridad jurídica, generando nefastas consecuencias sociales que ya se están evidenciando.
Hay que tener claro que, la transitoriedad de este Proyecto de Acto Legislativo es otra mentira del Gobierno Nacional, y una bien grande, porque su permanencia puede ser indefinida, más aún si criminales como los de la guerrilla de las Farc tienen representación política. ¡Es tan malo el acuerdo que tienen que amarrar su vigencia por 3 periodos presidenciales posteriores a la firma!
En conclusión, la Corte Constitucional predicó y no aplicó, porque cuando se pronunció a favor del fast track y de esta manera facultó al Gobierno Nacional para que presentara las arbitrarias iniciativas que buscan la implementación del Acuerdo Final para la Paz, contribuyó a la desigualdad jurídica, donde a unos se les medirá con todo el rigor de las normas que se expidan, mientras que a los narcoterroristas se les premiará con amnistía e impunidad, generando una peligrosa cultura donde la comisión de los crímenes más aberrantes terminarán siendo premiados en lugar de las conductas ajustadas a la moral y las buenas costumbres de las personas de bien, quienes sí somos más.
Por eso, invito a los colombianos a que vayamos a la calle, para que defendamos nuestra democracia e impidamos la entrega del país a los narcoterroristas de las Farc y al Castrochavismo. ¡Abril 1 a la calle, porque tenemos mil razones para marchar!